Defensa del Consumidor

Internet móvil/ Aseguran que las empresas no pueden posponer la baja del servicio

Tras las sucesivas denuncias de clientes que no obtienen la baja del servicio de internet móvil, el director de Defensa del Consumidor, Arnaldo Gomariz advirtió a AIM que “la empresa prestadora no puede retener al usuario y, por más que se establezca un contrato de dos años, cercena los derechos del beneficiario, por lo que las cláusulas son inválidas y se denominan abusivas”.

En diálogo con esta Agencia, Gomariz indicó que "los consumidores denuncian a las empresas de telefonía, porque no les dan de baja el servicio de internet móvil". En ese sentido, "constituye un caso típico donde los prestadores posponen la finalización de un contrato, exponiendo distintas causas de por medio". Eso hace que "el usuario tenga la prestación durante un tiempo más".

"Muchos denuncian que cuando solicitan la suspensión del servicio, no hay respuesta por parte de las empresas contratadas" y, en ese sentido, "el usuario debe venir a Defensa del Consumidor con el número de trámite de la baja y, luego, pautamos una audiencia con el prestador", explicó a AIM.

Por más que "la empresa establezca dos años de contrato (en el caso que exista una cláusula al respecto), la disposición no tiene efecto, porque cercena los derechos al consumidor, por lo que las cláusulas son inválidas y se denominan abusivas".

Asimismo, aclaró que "no es un contrato de alquiler de viviendas que tiene regulación especifica", por lo que "no se puede retener al usuario en contra de su voluntad".

 

Fuente: http://www.aimdigital.com.ar
19/7/2010

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